Saltar al contenido principal.

Escudo de la Junta de Castilla y León; Página de inicio

Contacto

Información Europea de Castilla y León

Contenido principal. Saltar al inicio.

Publicadas las bases reguladoras para la concesión de becas para la formación y la realización de prácticas en materia de acción exterior y asuntos europeos

  • Ir a descargas
  • Compartir

Fecha de publicación:

5 de diciembre de 2016

Fuente:

Consejería de la Presidencia

Descripción:

El objetivo es la formación de titulados universitarios de Castilla y León a través de la realización de prácticas en las dependencias de la Delegación Permanente de Castilla y León ante la Unión Europea en Bruselas

Contenido:

El Boletín Oficial de Castilla y León nº 232, de 1 de diciembre, publica la ORDEN PRE/996/2016, de 23 de noviembre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de becas para la formación y la realización de prácticas en materia de acción exterior y asuntos europeos.

La experiencia adquirida en la tramitación y gestión de estas becas ha puesto de manifiesto la conveniencia de modificar algunos aspectos de las bases reguladoras con el fin de mejorar la consecución del objetivo perseguido con su concesión. Por otro lado, es necesario adaptar las bases reguladoras a las modificaciones que han tenido lugar en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, a la reciente entrada en vigor de Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y a las modificaciones orgánicas incluidas en el Decreto 40/2015, de 23 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de la Presidencia. Todo ello aconsejó derogar la anterior Orden de bases  y su sustitución por una nueva que regule la concesión de las becas.

 El objeto de las becas es la formación de titulados universitarios vinculados a Castilla y León mediante la realización de prácticas en materia de acción exterior y asuntos europeos en la Administración de la Comunidad de Castilla y León, en las dependencias de la Delegación Permanente de Castilla y León ante la Unión Europea en Bruselas, con la finalidad de completar el estudio y la formación académica del becario, a través de su acercamiento directo al ejercicio de la acción exterior de la Junta de Castilla y León y al funcionamiento institucional de la Unión Europea, mejorando su empleabilidad.

Las becas podrán tener una duración máxima de treinta y seis meses ininterrumpidos, contados desde la incorporación del becario. Un primer período se extenderá desde el día de la incorporación hasta el 31 de diciembre del año en curso, pudiendo renovarse por anualidades completas, o por meses dentro de una anualidad.

Podrán solicitar las becas aquellas personas que, a la fecha de la finalización del plazo de presentación de solicitudes, reúnan los siguientes requisitos:

a)      Ser mayor de 18 años y no haber cumplido los 30 años de edad.

b)      Estar en posesión del título de licenciado, graduado o equivalente con duración igual o superior a cuatro años o 240 créditos ECTS. Los estudios acreditados por el título deberán haber concluido dentro de los cinco últimos años académicos anteriores a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

c)      Poseer conocimiento, hablado y escrito, de los idiomas inglés y francés. A tal efecto, se requerirá un nivel mínimo de conocimiento acreditado para cada una de las lenguas correspondiente al nivel B2 del marco común europeo de referencia (en lo sucesivo MCER).

d)      Haber nacido o estar empadronado con una antigüedad mínima de dos años en el ámbito territorial de la Comunidad de Castilla y León, o haber obtenido el título de licenciado, graduado o equivalente en una Universidad de Castilla y León.

e)      No estar disfrutando o haber disfrutado con anterioridad de una beca para la realización de estudios o prácticas sobre acción exterior o asuntos europeos concedida por la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

f)       No podrán ser beneficiarios de las becas las personas en las que concurran algunas de las circunstancias señaladas en el apartado 2 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en particular las relativas a las obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social.

Se prevé la convocatoria de las becas en el primer semestre de 2017 y la incorporación de los becarios en torno al mes de septiembre del mismo año.